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logosefard.jpg (9968 bytes) La Inquisición   
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Curso dictado en el CIDICSEF, Centro de Investigación y Difusión de la Cultura Sefardí por el Ing. Pablo A. Chami. Junio de 1999.

I. Origen de la Inquisición

 

La Inquisición no fue una institución que se creó acabadamente como la conocemos durante la expulsión de los judíos de España en 1492 y en su nefasta actuación con los conversos. Fue creciendo gradualmente y adaptándose a los acontecimientos históricos que se dieron en Europa durante la Edad Media y el Renacimiento.

Veremos entonces en éste primer módulo los comienzos de la Inquisición en Europa durante el siglo XI, cuándo aparecen las primeras inquisiciones, por qué se instauró y en qué consistieron.

Podemos distinguir tres formas de Inquisición:

a. INQUISICIÓN EPISCOPAL
b. INQUISICIÓN PONTIFICIA
c. INQUISICIÓN ESPAÑOLA

Veremos en éste curso cada una de ellas.

Contexto histórico

Recordemos un poco de historia: las invasiones de los bárbaros al viejo imperio Romano habían finalizado con la conversión a la cristiandad, de los príncipes y reyes de éstas tribus que provenían del norte.

El Imperio Romano se había dividido en dos en el año 395 de la ec.: al Este, el Imperio Bizantino, con capital en Constantinopla, hoy Estambul, y al Oeste, el Imperio Romano con capital en Roma. También se había dividido la iglesia cristiana en dos: la Iglesia Romana y la Iglesia Ortodoxa Griega, desde el año 867 de la ec. El intento de Carlomagno de crear un nuevo Imperio Romano con base y fuerza en Alemania había fracasado con su muerte en 814. Los moros dominaban el norte de África y la Península Ibérica hasta los Pirineos. Ya había comenzado la reconquista desde León, Castilla, Navarra, Aragón y Barcelona, donde los príncipes cristianos luchaban para conquistar territorios presionando a los moros hacia el sur.

Mientras tanto, el papado se fortalece en Roma y comienza a influir marcadamente sobre los diferentes reinos cristianos. Se consolida el canon del cristianismo definiendo la Ortodoxia tal como la conocemos hoy. Los dogmas de fe tales como la virginidad de María, la Trinidad, y el más importante para nosotros y el que acentuó el poder de la Iglesia Romana fue el concepto de Salvación.

Definición de conceptos y terminología:

Entonces quiero definir cuatro conceptos de importancia: ortodoxia, salvación, herejía e indulgencia.

Ortodoxo según el Diccionario de la Real Academia Española, desde ahora DRAE, significa: "conformidad con el dogma de una religión."

Salvación: según el DRAE es: "consecución de la gloria y bienaventuranza eterna." Según el Espasa Calpe, de acuerdo a la concepción teológica es: "la obtención del último fin del hombre, entrando el alma en el cielo, en contraposición a la frustración de dicho fin por la eterna condenación en el infierno."

Dijimos entonces que se define la ortodoxia católica y se impone el criterio de salvación. Surge el término hereje y herejía. Veamos la definición de éstos vocablos:

Según el citado DRAE, hereje significa: "Cristiano que en materia de fe se opone con pertinacia a lo que cree y propone la Iglesia Católica."

Herejía según el DRAE es: "error en materia de fe sostenido con pertinacia."

Vemos en ésta definición de hereje un punto muy importante a tener en cuenta: hereje es un cristiano, o sea que no puede serlo un judío o un musulmán. Un judío podía ser entonces sospechoso de herejía desde el momento en que se convertía al cristianismo, no antes. La Inquisición no persiguió a los judíos, persiguió a los judíos conversos.

Por último la palabra indulgencia que significa según el DRAE: "remisión que hace la Iglesia de las penas debidas por los pecados."

INQUISICIÓN EPISCOPAL

Hechas estas aclaraciones volvamos a la Historia. El edificio de la Inquisición comenzó a construirse varios siglos antes de la gran conversión de judíos españoles al final del siglo XIV.

Una vez establecida la ortodoxia, las desviaciones de ella son inquiridas, estudiadas por el obispo de cada diócesis y de comprobarse el delito, son castigadas. Ésta es la primera forma de Inquisición conocida como Inquisición Episcopal. Los castigos en éstos casos eran castigos y penitencias canónicas, como ser asistir en ocasiones determinadas a la iglesia, rezar determinadas oraciones, hacer ayunos, etc.

Mientras tanto, la autoridad del papado sobre los reyes y príncipes cristianos se afianza, los reyes reinaban por mandato divino y para su coronación era necesaria la bendición romana. Además, el papado comienza a administrar las indulgencias.

INQUISICIÓN PONTIFICIA

Veremos entonces cómo una serie de hechos que al parecer son sin relación, comienzan a configurar otra forma de Inquisición.

En el año 1095, el papa Urbano II difunde la necesidad de una cruzada para reconquistar Tierra Santa que estaba en poder del Islam. Para reclutar voluntarios, afirmó que una cruzada a Tierra Santa era el sustituto de una penitencia cualquiera e implicaba una remisión total del pecado. Esto dio lugar al comienzo de las Indulgencias.

Al principio, una cruzada suponía penas y sacrificios muy arduos para un cristiano y era la única forma de obtener indulgencias, pero con el tiempo y con las necesidades crecientes de fondos, éstas indulgencias se fueron extendiendo a todos los que ayudaban con bienes o dinero a los cruzados, y luego se comenzaron a vender por ejemplo a los peregrinos a Roma para la construcción de la catedral de San Pedro, hasta que finalmente se vendieron por cualquier motivo y por sumas ínfimas.

Otro hecho importante fue que a mediados del siglo XIII se fundan las órdenes mendicantes: los franciscanos y los dominicos.

Santo Domingo y San Francisco predican la austeridad, la beneficencia y la caridad, retornando a las fuentes primitivas del cristianismo y haciendo votos de pobreza. Éstas órdenes tienen un crecimiento rápido. En pocos años construyen monasterios en casi todas las ciudades de Europa. Éstos monjes mendicantes hacen un marcado contraste con el opulento clero episcopal establecido. Dependen directamente de Roma. Su ortodoxia es extrema. La Orden Dominica es encargada por el papa para predicar el evangelio y actuar en alguna región infectada de herejía. También se ocuparon de la educación e influyeron y obtuvieron las principales cátedras de las universidades.

Las ideas no ortodoxas, paradójicamente, comienzan a llegar a Occidente de la mano de los cruzados que regresaban de Tierra Santa. Ellas consistían en considerar que Cristo no había creado una iglesia organizada, entonces –decían– la enseñanza católica acerca de la imágenes, los santos, el bautismo de los infantes, la inmaculada concepción eran falsos. Estas ideas se difundieron rápidamente por Occidente. Los herejes sostenían que los únicas garantías de salvación eran la castidad, la pureza, el ascetismo, la humildad, virtudes que ellos (los herejes) practicaban y el clero establecido no. Esta herejía se inició en el sur de Europa y se expandió rápidamente tomando diversos nombres: cátaros, arrianos, albigenses, valdenses, dependiendo del líder o de la región donde predominaba. La Iglesia se sintió aterrorizada por la posibilidad de un nuevo cisma y de una desintegración de la cristiandad.

Luego se dirigieron a Carcasona donde se rindió el vizconde Roger y fueron quemados algunos centenares de habitantes. Pero la fuerza de la cruzada se debilito cuando transcurrieron los 45 días necesarios para alcanzar la indulgencia. El foco hereje continuo vivo en Touluose, apoyada por su aliado, al rey de Aragón. La lucha continuo por muchos años hasta que los herejes fueron derrotados finalmente en 1253.

El Concilio IV de Letrán de 1215, convocado por el papa Inocencio III, dictó un reglamento que dio forma a la Inquisición pontificia, reagrupando disposiciones de los papas que lo precedieron en concilios anteriores.

Los puntos principales eran:

Toda herejía debía ser perseguida concertadamente por las autoridades civiles y eclesiásticas.

Los procesos deberán ser iniciados de oficio —sin instancia de parte—.

Los obispos deberán disponer la realización de inquisición en cada parroquia de su diócesis.

Las propiedades de los herejes deberán ser confiscadas.

Los recalcitrantes deberán ser relajados al brazo secular para ser sancionados.

La palabra relajar significa según el DRAE: "entregar el juez eclesiástico al secular un reo digno de pena capital." En buen romance, los mandaban al verdugo.

Si bien los papas habían encomendado a los monjes cistercienses algunas inquisiciones aisladas contra grupos de herejes, aún no había una Inquisición organizada.

Como consecuencia de tantos desmanes cometidos a inocentes en la represión de la herejía albigense, se levantaron voces de protesta en toda la cristiandad, las que dieron lugar al concilio de Touluose (1229) que creo el Tribunal de la Inquisición. La Inquisición se encomendó a la orden Dominicana en donde se conformo un tribunal permanente que actuaba en concordancia con el obispo de la región infectada por la herejía, por ello se la denomina Inquisición Pontificia. Es ésta la segunda forma de Inquisición. Esta institución creada en principio para mitigar los excesos de las actuaciones no controladas contra los herejes, finalmente incorporo los abusos de la practica anterior y agrego otros.

Además, los papas impulsaban a los reyes y príncipes a la adopción de leyes civiles que penaran a los recalcitrantes de herejía con la pena capital. Para la coronación del emperador Federico II, el papa Inocencio III insistió para que organice en su imperio la persecución de la herejía. Federico II sancionó, a instancias del Papa, leyes que condenaban a los herejes dentro de su imperio, a la pena de muerte en la hoguera. Con el tiempo, la Santa Sede recomienda a todos los reyes y príncipes cristianos incorporar a sus legislaciones locales leyes similares a las del emperador Federico II.

 

Veremos dos ejemplos del pensamiento eclesiástico de aquella época:

Una bula del papa Bonifacio VIII de 1296 donde determina las prerrogativas del "poder terrenal" y del "poder espiritual".

"Ambas, la espada espiritual y la espada material, están en poder de la Iglesia. Pero la segunda es usada para la Iglesia, la primera por ella; la primera por el sacerdote, la última por los reyes y los capitanes, pero según la voluntad y con el permiso del sacerdote. Por consiguiente, una espada debe estar sometida a la otra, y la autoridad temporal sujeta a la espiritual... Si, por consiguiente, el poder terrenal yerra, será juzgado por el poder espiritual... Pero si el poder espiritual yerra, puede ser juzgado solo por Dios, no por el hombre... Pues esta autoridad, aunque concedida a un hombre y ejercida por un hombre, no es humana, sino más bien divina... Además, declaramos, afirmamos, definimos y pronunciamos que es absolutamente necesario para la salvación que toda criatura humana esté sujeta al Pontífice romano".

Una excomunión del papa Inocencio III a Markward de Anweiler quien intentó oponerse a sus designios.

"Excomulgamos, anatematizamos, maldecimos y le condenamos, como perjuro, blasfemo, incendiario, como infiel y como criminal y usurpador, en nombre de Dios Padre Todopoderoso, y del Hijo, y del Espíritu Santo, por la autoridad de los benditos apóstoles Pedro y Pablo, y por la nuestra propia. Ordenamos que en adelante quien le facilite ayuda o favor, o le suministre a él y a sus tropas alimento, vestido, naves, armas u otra cosa cualquiera que pueda aprovecharle, sufra la misma sentencia; más aún, el clérigo, sea cual fuere su orden o dignidad, que se atreva a rezar el servicio divino para él, sepa que ha incurrido en la pena corresponde a un individuo de su rango y su orden».

Ya en 1231 queda constituido en Roma el tribunal de la Inquisición, o del "Santo Oficio"; su constitución fue encomendada la orden dominica. El primer inquisidor había sido Domingo de Guzmán quien predicó ante los albigences ya en 1208.

La Inquisición podía actuar por acusación, por denuncia o de oficio.

Había tres opciones posibles:

Que los procesados se presentasen libre y voluntariamente a confesar sus faltas; en este caso serían sancionados con medidas espirituales, generalmente leves.

Que se arrepintiesen solamente por miedo a la muerte; sufrirían entonces penas de prisión.

Que se mantuvieran obstinados en sus errores; serían relajados al brazo secular para que se les aplique la pena de muerte en la hoguera.

Los inquisidores se dirigían al sitio donde se sospechaba que había un foco de herejía. Pedían el apoyo de las autoridades locales que estaban obligadas a otorgarla so pena de excomunión y ser a su vez acusados de herejes. Se leía un edicto de gracia en la iglesia mayor donde se detallaba cuales eran los errores contra la fe y se daba un plazo para el arrepentimiento. Además se instaba a quien conociera herejes los delatara. El plazo era generalmente de un mes.

Los que confesaban voluntariamente eran sentenciados inmediatamente con penas religiosas que consistían en oraciones diarias, peregrinaciones, ayunos y multas.

En el caso de existir pruebas suficientes contra el reo y éste no confesaba la verdad, se aplicaba el tormento. Los elementos de tortura eran: el potro, la garrucha y el castigo de agua. Si el acusado confesaba, entonces era condenado a varios años de prisión o de galeras, confiscación de bienes, prohibición de ejercer ciertos oficios pare él y sus herederos, llevar vestimentas que denotaran su condición de arrepentido.

En caso de persistir en su error, era relajado al brazo secular que aplicaba la pena de muerte. Encontramos entonces un eufemismo. Se pedía clemencia para el reo por un lado y se impulsaba a las autoridades civiles (los reyes y príncipes) a promulgar la pena de muerte para los herejes.

Cuando había suficientes sentencias y se consideraba que la herejía estaba conjurada, se hacía lo que finalmente se conoció como auto de fe. Era una ceremonia que duraba un día entero. Comenzaba a primeras horas de la mañana, cuando los reos eran llevados a la casa del inquisidor, en la que se los vestía con una túnica amarilla y un bonete en pico. Se hacía un desfile hasta el lugar donde se llevaría a cabo el acto; en general una plaza importante. Se celebraba misa con un sermón que se refería a lo horrendo de la herejía. Luego se leían las sentencias, comenzando por las más leves. A los que se relajaban al brazo secular para ser quemados se los conducía hacia otro lugar que se llamaba quemadero, donde había preparado una pira y allí eran quemados vivos.

Esta Inquisición cumplió con los objetivos fijados de eliminar la herejía de los reinos y principados cristianos. luego de algunos siglos de funcionar fue quedando en desuso y en el olvido. En la Inquisición Pontificia, las sentencias de los juicios eran apelables ante la Santa Sede y generalmente los acusados eran absueltos allí por dinero, posición social o mediante un favor importante a los ojos de la Iglesia.

II. La Inquisición en España

Debemos hacer aquí una distinción entre la Inquisición en España y la Inquisición Española, expresiones que parecen iguales pero no lo son. La Inquisición Española es la que los reyes Isabel de Castilla, y Fernando de Aragón estable

cen en España a partir de 1478 y que fue independiente y diferente de la del resto de la cristiandad. Sin embargo, en España también funcionó la Inquisición Episcopal y la Inquisición Pontificia, como veremos enseguida.

La Inquisición era casi desconocida en la Península hasta la fecha mencionada. En Castilla no había tribunal de la Inquisición y los delitos de la fe se atendían en los obispados. Era la Inquisición Episcopal que ejercían los obispos en su diócesis; pero éstos estaban ocupados en otros asuntos y le prestaban poca importancia a la herejía.

Por el contrario, en Aragón, había un tribunal de la Inquisición Pontificia establecido desde la época de la herejía albigense que se había extendido desde Touluose hasta la vecina Aragón. Domingo de Guzmán, el primer inquisidor, había mandado a principios del siglo XIII a Raimundo de Peñafort como comisario y a instancias de éste, el papa Gregorio IX designó un tribunal de la Inquisición que se ocupó de erradicar la herejía albigense en Aragón luego de largas vicisitudes. Pero para la época que nos interesa, mediados del siglo XV, también el tribunal de Aragón estaba casi olvidado.

 

De la misma forma que los acontecimientos se fueron desencadenando para dar lugar a la creación de los tribunales de la Inquisición Pontificia, también en España los hechos se sucedieron de tal forma que los reyes consideraron necesario crear la Inquisición Española.

Podemos Señalar como la primera causa el fenómeno de conversión masiva de judíos que se produce durante las revueltas y motines antijudíos de 1391, que se iniciaron en Sevilla por los sermones de Fray Ferrant Martínez. Continuaron con la prédica de Vicente Ferrer en Castilla entre los años 1400 y 1420, que también lograron una conversión masiva de judíos. Estas conversiones, en su mayoría, no fueron sinceras sino que se hicieron a la fuerza, ante la presión de un pueblo enardecido, excitado por sacerdotes fanáticos.

Entonces comienza el fenómeno de los "conversos" y su calvario, que signará la historia de España y de los judíos hasta mediados del siglo pasado. El tema de los conversos lo estudiaremos aquí en lo que tenga que ver con la Inquisición, porque es muy complejo y requiere un estudio por separado.

A mediados del siglo XV encontramos en la península Ibérica varas clases sociales: los reyes y la nobleza, ostentan el poder, manejan las armas, hacen la guerra a los moros y son dueños de las tierras, desprecian el trabajo manual; el pueblo, que es esclavo de la gleba, o sea que depende de los señores feudales y son los que cultivan la tierra, son incultos e iletrados; el clero, que depende de Roma y está agrupado en conventos de diferentes órdenes, las más importantes, ya vimos, son los dominicos y los franciscanos, monjes mendicantes, que pregonan el ascetismo, la vida dedicada a la oración y dependen directamente de Roma, no del obispo local, dominan el saber, los libros y las bibliotecas, son los cristianos educados; las minorías de otros credos: judíos y moros. Los moros son el pueblo vencido que retrocede a medida que los cristianos conquistan el territorio hasta concentrarse finalmente en Andalucía, en la provincia de Granada. Los judíos, que habitaban la Península desde tiempos inmemoriales, son habitantes urbanos, que ejercen toda clase de oficios, hasta los más elevados como consejeros de los reyes. Son letrados y conocen la contabilidad y la numeración decimal.

Las leyes de los diferentes reinos limitan cada vez más las posibilidades de trabajo de los judíos impidiéndoles ejercer diversos oficios. Sus actividades son cada día restringidas y son obligados a vivir en barrios determinados; hay un intento de excluirlos de la vida económica.

En éste panorama se insertan los conversos, llamados también marranos o cristianos nuevos, en contraposición a los cristianos viejos o lindos que son los originarios cristianos. Los conversos ven que al cambiar de religión, los impedimentos que tenían como judíos son eliminados y tienen acceso a todos los oficios y puestos del reino, que antes les eran vedados. Enseguida comienzan a escalar posiciones en las cortes de España por su capacidad y sabiduría, aventajando a los cristianos lindos.

Con el correr del siglo XV, éstos cristianos nuevos despiertan la envidia y los celos de los cristianos viejos y comienzan las intrigas y las demandas en su contra.

La sucesión del trono de Castilla luego de la muerte del rey Enrique IV recae, no sin ciertas intrigas y luchas, en su hermana Isabel en el año 1465. Isabel contrajo matrimonio con Fernando, sucesor del trono de Aragón, por lo que ambas coronas se unieron, a la muerte de Juan II de Aragón.

Era confesor de la reina Isabel, Tomás de Torquemada, prior de los Dominicos y influyente en la corte.

Torquemada se hizo eco de las protestas de los cristianos viejos y comenzó a predicar acerca de la conveniencia de crear una Inquisición en Castilla. En 1478 se produce un acontecimiento fortuito en el cual se descubre en Sevilla a un grupo de cristianos nuevos que hacían ceremonias extrañas a la religión cristiana. Esto convence a la reina, quien ordena a los embajadores de España en Roma que pidan al papa la creación de una Inquisición en para Castilla y Aragón. El papa Sixto IV expide una bula en noviembre de 1478 que autoriza a los reyes de España a nombrar inquisidores y removerlos a perpetuidad.

Se crea el tribunal y los primeros inquisidores, Miguel de Morillo y Juan de San Martín, llegan a Sevilla en setiembre de 1480. Sus pesquisas les llevan a hallar un grupo de criptojudíos cuyo líder era Diego de Susán. Se levanta la acusación de herejía y luego de un proceso, los principales autores son condenados a la hoguera en el primer auto de fe en Sevilla el 6 de febrero de 1481, en el quemadero de la Tablada.

Características especiales de la Inquisición Española

La Inquisición Española se diferenciaba de la Inquisición Pontificia en primer lugar por que a los Inquisidores los nombra el rey, no el papa, o sea que pasan a ser funcionarios de estado y responden a las políticas del reino; la segunda diferencia es que en que los procesos no eran apelables en Roma. El tribunal se organizó de tal manera que Torquemada fue nombrado Inquisidor Supremo para Castilla, Aragón y Sicilia, formando parte del tribunal el cardenal Mendoza, Miguel Morillo y Juan de San Martín. La sede primitiva estaba en Sevilla, trasladándose luego a Toledo. La autoridad del Inquisidor Supremo era inapelable. El Inquisidor Supremo presidía un consejo llamado supremo, compuesto por cinco ministros.

El papa Clemente VIII les otorgó facultades de revisar todo tipo de impresos y manuscritos y de prohibir la lectura y circulación de todos los libros y papeles que juzgasen perjudiciales a la moral o contrarios a los dogmas ritos y disciplina de la iglesia.

Composición del Tribunal

El consejo Supremo nombraba a los miembros de los Tribunales Subalternos con jurisdicción sobre todo el territorio del reino y de ultramar.

Los tribunales eran formados por dos jueces letrados y un teólogo, tenían el trato de Señoría y debían vestir traje eclesiástico. Había un fiscal acusador y un juez de bienes que tasaba las posesiones confiscadas a los acusados. Los asistía un numero de personal auxiliar que cumplía diversas funciones; entre ellos, los más importantes para la historia fueron los notarios, que escribían todas las preguntas y respuestas hechas a los presuntos herejes y que hoy son muy valiosos documentos, inclusive anotaban las declaraciones hechas cuando el acusado era sometido a tortura, como veremos en éste ejemplo de una confesión arrancada bajo la tortura.

 

Además, en cada pueblo o ciudad había comisarios que debían cumplir las órdenes del tribunal de la región. Sus funciones eran las de difusión de los edictos de la Inquisición, especialmente el edicto de fe que se leía en las iglesias. Debía hacerlos cumplir, investigar los casos de herejía que pudieran presentarse y arrestar a los sospechosos.

Luego estaban los "familiares" que ejercían la función de vigilancia y protección de los miembros del Santo Oficio y secundaban a los comisarios en los arrestos. Es importante hacer notar que todos los miembros, comisarios y familiares del tribunal gozaban de una indulgencia plena mientras duraran sus funciones. Esto quiere decir que iban directamente al cielo.

Jurisdicción y establecimiento en los reinos de España

Como ya dijimos, la jurisdicción del tribunal abarcaba todas las posesiones españolas, las sedes que se fueron creando a lo largo de su actuación fueron: Sevilla, Córdoba, Ciudad Real, Toledo, Cuenca, Murcia, Valladolid, Santiago, Logroño, Granada, Llerena, Zaragoza, Barcelona, Valencia, Baleares, Jaén, Canarias, y en América: Méjico, Lima y Cartagena de Indias; en Italia en Cerdeña y en Sicilia. El tribunal de Ciudad Real fue trasladado con el tiempo a Madrid.

El establecimiento de la Inquisición en España no fue acatado en todas las ciudades con igual beneplácito. En algunas regiones hubo una fuerte oposición y en el reino de Nápoles, vasallo de Aragón nunca se pudo establecer por la oposición de los Barones que nunca la admitieron, es un ejemplo digno de admiración.

Mismo en Aragón, las Cortes demoraron dos años en acatar el establecimiento de la Inquisición a la manera de Castilla, pese a que la inquisición pontificia funcionaba desde el siglo XIII. Al poco tiempo de instalada fue asesinado el Inquisidor Gaspar Juglar y luego su sucesor, Pedro de Arbués. Pero luego los promotores de estos asesinatos fueron descubiertos y protagonizaron los primeros autos de fe de Aragón a partir de 1485.

Ya tenemos entonces a la Inquisición establecida firmemente por Torquemada en toda la Península Ibérica salvo en Portugal, Navarra y Granada, todavía esta última un baluarte moro.

Procedimientos

Los procedimientos de la Inquisición Española eran similares al de la episcopal. Incluían los interrogatorios durante la tortura del que daremos un ejemplo, y el eufemismo de la relajación al brazo civil, donde sabían que la pena era la muerte en la hoguera.


Confesión bajo tortura de Elvira del Campo, Toledo, 1567-1569.

La llevaron a la cámara de tortura y le ordenaron que dijese la verdad, y ella dijo que no tenía nada que decir. Le ordenaron que se desnudara y de nuevo la exhortaron, pero guardó silencio. Una vez desnuda dijo: «Señores, he hecho todo lo que se dice de mí y levanto falsos testimonios contra mí misma, pues no quiero verme en semejante brete; plegue a Dios, no he hecho nada». Le dijeron que no levantase falsos testimonios contra ella misma, sino que dijera la verdad. Empezaron a atarle los brazos; dijo: «He dicho la verdad; ¿que tengo que decir?». Le dijeron que dijese la verdad y replicó: «He dicho la verdad y no tengo nada que decir». Le aplicaron una cuerda a los brazos y la retorcieron y la exhortaron a decir la verdad, pero dijo ella que nada tenía que decir. Luego chilló y dijo: « Decidme lo que queréis, pues no sé qué decir». Le ordenaron que dijese lo que había hecho, pues era torturada por no haberlo hecho, y ordenaron que se diese otra vuelta a la cuerda. Exclamó: «Soltadme, Señores, y decidme lo que tengo que decir: no sé lo que he hecho, ¡oh,, Señor, apiádate de mí, pecadora!». Dieron otra vuelta a la cuerda y ella dijo: «Aflojadme un poco para que pueda recordar lo que tengo que decir; no sé lo que he hecho; no comí carne de cerdo porque me daba asco; lo he hecho todo; soltadme y diré la verdad». Se ordenó otra vuelta a la cuerda, entonces ella dijo: «Soltadme y diré la verdad; no sé lo que tengo que decir. .., soltadme por el amor de Dios.... decidme lo que tengo que decir.... lo hice, lo hice.... me hacen daño, Señor..., soltadme, soltadme y lo diré». Le dijeron que lo dijese, y dijo: «No sé lo que tengo que decir.. Señor, lo hice... No tengo nada que decir.. ¡Oh, mis brazos! Soltadme y lo diré». Le pidieron que dijese lo que hizo y dijo: «No lo sé, no comí porque no quise». Le preguntaron por qué no quiso y replicó: «¡Ay! soltadme, soltadme..., sacadme de aquí y lo diré cuando me hayáis sacado... Digo que no la comí». Le ordenaran que hablase y dijo: «No la comí, no sé por qué». Ordenaron otra vuelta y ella dijo: «Señor, no la comí porque no quise..., soltadme y lo diré». Le ordenaron que dijera lo que había hecho contra nuestra santa fe católica. Dijo: «Sacadme de aquí y decidme lo que tengo que decir..., me hacen daño... ¡Oh mis brazos, mis brazos!», lo cual repitió muchas veces y prosiguió: «No me acuerdo,.... decidme lo que tengo que decir... ¡Oh, desgraciada de mí! Diré todo lo que quieran, Señores.... me están rompiendo los brazos.... soltadme un poco.... hice todo lo que se dice de mí». Le ordenaron que contase con detalle y veracidad lo que hizo. Dijo: «¿ Qué se quiere que diga? Lo hice todo..., soltadme, pues no recuerdo lo que tengo que decir.... ¿no Veis que soy una mujer débil? ¡Oh! ¡Oh! mis brazos se están rompiendo». Se ordenaron más vueltas y mientras las daban ella exclamó: « ¡Oh! ¡Oh! soltadme pues no sé lo que tengo que decir.... sí lo hice lo diría». Ordenaron que apretasen las cuerdas y entonces dijo: «Señores, ¿no sentís piedad de una mujer pecadora? ». Le dijeron que sí, si decía la verdad. Dijo ella: «Señor, dime, dímelo». Volvieron a apretar las cuerdas y ella dijo: « Ya he dicho que lo hice». Le ordenaron que lo contase con detalle, ante lo cual dijo: « No sé, cómo contarlo, Señor. no lo sé». Separaron las cuerdas y las contaron, y había dieciséis vueltas, y al dar la última vuelta, la cuerda se rompió.

Ordenaron entonces que la pusieran en el potro. Dijo ella: «Señores, ¿por qué no queréis decirme lo que tengo que decir? Señor, ponme en el suelo.... ¿acaso no he dicho que lo hice todo?». Le ordenaron que lo dijese. Dijo: «No me acuerdo.... sacadme de aquí..., hice lo que dicen los testigos». Le dijeron que contase con detalle lo que decían los testigos. Dijo: «Señor, como te he dicho, no lo sé con seguridad. He dicho que hice todo lo que dicen los testigos. Señores, soltadme, pues no me acuerdo». Le ordenaron que lo dijese. Dijo ella: «No lo sé. Oh, oh, me están despedazando..., he dicho que lo hice.... soltadme». Le ordenaron que lo dijese. Ella dijo: «Señores, de nada me sirve decir que lo hice, y he reconocido que lo que he hecho me ha traído estos sufrimientos..., Señor, tú conoces la verdad... Señores, por el amor de Dios tened piedad de mí. Oh, Señor, quita estas cosas de mis brazos... Señor, suéltame, me están matando». La ataron en el potro con las cuerdas, la instaron a decir la verdad y ordenaron que apretasen los garrotes. Ella dijo: «Señor, ¿no ves cómo esta gente me está matando? Señor, lo hice.... por el amor de Dios suéltama». Le ordenaron que lo dijera. Dijo: «Señor, recuérdarne lo que no sabía... Señores, tened piedad de mí..., soltadme por el amor de Dios. .., no tienen piedad de mí .. , lo hice..., sacadme de aquí y recordaré lo que aquí no puedo». Le dijeron que dijese la verdad o apretarían las cuerdas. Dijo ella: «Recordadme lo que tengo que decir porque no lo sé.. Dije que no quería comerla... Sólo sé que no quise comerla y esto lo repitió muchas veces. Le ordenaron que dijese por qué no quiso comerla. Dijo ella: « Por la razón que dicen los testigos.... no sé cómo decirlo..., desdichada de mí que no sé cómo decirlo. Digo que lo hice y Dios mío, ¿cómo puedo decirlo?». Luego dijo que, como no lo hizo, ¿cómo podía decirlo... ? «No quieren escucharme..., este gente quiere matarme.... soltadme y diré la verdad». De nuevo la exhortaron a decir la verdad. Dijo: «Lo hice, no sé cómo lo hice..., lo hice por lo que dicen los testigos.... soltadme.... he perdido el juicio y no sé cómo decirlo..., soltadme y diré la verdad». Luego dijo: «Señor, lo hice, no sé cómo tengo que decirlo, pero lo digo tal como dicen los testigos..., deseo decirlo..., sacadme de aquí. Señor, tal como dicen los testigos, así digo yo y lo confieso». Le dijeron que lo declarase. Dijo ella: «No sé cómo decirlo.... no tengo memoria... Señor, tú eres testigo de que si supiera cómo decir algo más, lo diría. No tengo nada más que decir salvo que lo hice y Dios lo sabe». Dijo muchas veces: «Señores, Señores, nada me ayuda. Tú, Señor, oye que digo la verdad y no puedo decir más.... me están arrancando el alma..., ordénales que me suelten». Luego dijo: «No digo que lo hice... No dije más». Luego dijo: «Señor, lo hice para observar aquella Ley». Le preguntaron qué Ley. Dijo: « La Ley que dicen los testigos..., lo declaro todo, Señor, y no recuerdo qué Ley era... Oh, desgraciada fue la madre que me parió». Le preguntaron a qué Ley se refería y cuál era la Ley que ella decía que decían los testigos. Se lo preguntaron repetidas veces, pero ella guardó silencio y al final dijo que no lo sabía. Le dijeron que dijese la verdad o apretarían los garrotes, pero ella no contestó. Ordenaron dar otra vuelta a los garrotes y la exhortaron a decir qué Ley era. Dijo ella: «Si supiera qué decir, lo diría. Oh, Señor, no sé lo que tengo que decir... Oh, oh, me están matando..., si quisieran decirme qué... ¡Oh, Señores! ¡Oh, mi corazón!». Entonces preguntó por qué deseaban que dijera lo que no podía decir y exclamó repetidamente: «¡Oh, desdichada de mí!». Luego dijo: «Señor, sé testigo de que me están matando sin que yo pueda confesar». Le dijeron que si deseaba decir la verdad antes de que echasen el agua, que lo hiciera y así descargaría su conciencia. Ella dijo que tío podía hablar y que era una pecadora. Luego colocaron [en su garganta] la toca [embudo] de lienzo y ella dijo: «Quitádmelo, que me estoy asfixiando y se me revuelve el estómago». Entonces vertieron una jarra de agua, tras lo cual le ordenaron que dijese la verdad. Ella pidió a gritos confesarse, diciendo que se estaba muriendo. Le dijeron que la tortura continuaría hasta que dijese la verdad y la exhortaron a decirla, pero, aunque la interrogaron repetidamente, ella guardó silencio. Entonces el inquisidor, viendo que estaba agotada por la tortura, ordenó su suspensión.

La Inquisición Española, Cecil Roth, pag. 88 al 91.


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    El uso de la tortura era común, muchas veces sólo consistía en mostrar al reo la sala de tormento, los verdugos y los instrumentos de tortura. Con sólo mostrarlos se conseguían confesiones y delaciones.

En los casos de que el reo insistiera en sus convicciones era sometido efectivamente a tormento. Los más usados eran:

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    La cuerda, consistía en sujetar al reo en una mesa y luego dar vueltas a un cordel arrollado a sus brazos y piernas produciendo estiramiento de las articulaciones y un fuerte dolor;

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    El tormento del agua consistía en verter agua sobre el rostro del torturado impidiéndole respirar;

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    El garrote consistía en una tabla sostenida por cuatro patas con garrotes que se ajustaban hasta producir dolor;

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    En el Tormento de la garrucha el torturado era atado de las manos, elevado y dejado caer violentamente sin llegar al suelo, lo que provocaba intensos dolores en las articulaciones

Cuando había una cierta cantidad de condenados por la Inquisición, se celebraban los llamados "Autos de Fe".

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Eran ceremonias que duraban un día entero, desde la mañana hasta la noche, con gran pompa y boato. Comenzaban con una procesión de las autoridades civiles y eclesiásticas y finalmente los condenados, vestidos con ropas infamantes llamadas sambenitos, palabra que es una deformación de "saco bendito". Se leían las condenas, y aquellos destinados a la pena de muerte, eran relajados al brazo civil, donde el verdugo los quemaba en la hoguera en presencia de todo el pueblo.

Procesos célebres:

El niño de la Guardia, se imputó a un judío el sacrificio de un niño para arrancarle el corazón y conjurar así los males de la Inquisición.

Antonio de Nebrija, autor de la primera gramática castellana fue acusado ante la Inquisición y luego absuelto.

Fray Luis de León, por su traducción del cantar de los cantares fue procesado y puesto en prisión. Absuelto al cabo de cinco años acuñó al volver a su cátedra la frase: "decíamos ayer…".

Santa Teresa de Jesús, San Juan de la Cruz también sufrieron procesos.

Otras acciones:

La Inquisición tuvo el principal papel durante la expulsión de los judíos de España; más tarde se ocupó de la persecución de brujas; luego persiguió a los protestantes en el siglo XVI y XVII y finalmente en el siglo XVIII persiguió a los masones y a los seguidores de la ilustración y de la Revolución Francesa. Siempre continuó con el Index de los libros editados en España y las colonias, determinando qué se podía leer y qué no.

 

III. La Inquisición en América

En las clases de Historia Argentina yo he oído decir que en nuestro país nunca hubo Inquisición. Esto es un eufemismo, una forma de minimizar las cosas y de apartar a las mentes inquietas algunas preguntas comprometidas. Lo que sí puede afirmarse es que no había "Tribunal de la Inquisición" en lo que es actualmente la República Argentina. Veremos en esta clase cómo llegaban los tentáculos de la Inquisición a nuestros territorios y los vecinos.

Los conversos en América

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    El 12 de octubre de 1492, Cristóbal Colón arriba al Nuevo Mundo. Recordemos que partió del puerto de Palos en España el 3 de agosto de 1492, que era el 10 de Ab según el calendario hebreo, último día permitido por los Reyes Católicos para la permanencia de judíos en España antes de la expulsión. Muchos autores creen firmemente que Colón era converso, al igual que alguno de sus tripulantes, en especial Luis de Torres. Esto quiere decir que los conversos habitaron América desde el comienzo de la exploración y la conquista. En las sucesivas expediciones de Colón ingresó gran número de cristianos nuevos. Pensaban posiblemente que en las tierras descubiertas estarían mas lejos de las garras de la Inquisición, que hacía ya más de diez años que funcionaba en España.

Desde el comienzo de la colonización española, al crearse los obispados de México y Lima, funcionó la Inquisición Episcopal. Pero los obispos tenían, como siempre, múltiples ocupaciones. Los asuntos de la fe no les preocupaban demasiado.

Expulsión y conversión forzosa en Portugal

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    Mientras tanto, en la península Ibérica se produce un nuevo acontecimiento que marcará el destino de los judíos conversos de los próximos trescientos años. Me refiero a la expulsión primero, y luego la conversión forzosa de los judíos de Portugal. Sucedió que en 1496, el rey Manuel de Portugal debía contraer nupcias con la princesa Isabel de España, hija de Fernando e Isabel. Los Reyes Católicos Imponen al rey Manuel, como condición para acceder al matrimonio, la expulsión de los judíos de Portugal.

El rey Manuel accede al pedido de sus futuros suegros y firma un edicto de expulsión de los judíos, dando nueve meses de plazo para la salida; pero luego se arrepiente y les prohibe la salida y promueve la conversión forzosa de éstos judíos. Los judíos son llevados a la pila bautismal a la fuerza. Lo hacen de la boca para afuera, se convierten en criptojudíos. Profesan externamente el cristianismo, asisten a misa, se confiesan, pero en secreto practican la religión judía. Esperan pacientemente la oportunidad para salir de Portugal.

Veamos qué calidad de personas eran éstos conversos forzosos portugueses. En 1492, cuando fue la expulsión de judíos de España, se calcula que un 30% de ellos emigró a Portugal, país vecino. Pensaban que al poco tiempo el Edicto de Expulsión sería revocado y podrían regresar a sus hogares. Es importante tener en cuenta la ideología de éstos judíos. Eran aquellos que prefirieron dejar sus casas y trabajos en España, pero mantenerse fieles a la fe de sus mayores. Eran firmemente creyentes en la ley de Moisés. Esto explica por qué, al ser forzados al bautismo, permanecían profesando su fe en secreto.

Portugal, que ya tenía experiencia en la exploración oceánica de las costas de África hasta dar la vuelta al cabo de Buena Esperanza, comienza también la exploración del Nuevo Continente, y es Fernando de Noronha, converso, a quien el rey encomienda éstas exploraciones.

Los reyes de España, inmediatamente después de los descubrimientos, aplican leyes raciales de limpieza de sangre para obtener las licencias para pasar a las Indias. Había que demostrar que el candidato no tenía sangre de moros o judíos entre sus antepasados por siete generaciones. Si bien muchas veces estas disposiciones fueron burladas, era difícil para los conversos españoles pasar a América.

Muy distinta fue la suerte de los conversos forzosos de Portugal, durante la primera mitad del siglo XVI no tuvieron impedimentos para ir a las Indias, y de origen converso fue un porcentaje importante de los primeros portugueses que poblaron el Brasil.

Creación de los tribunales de la Inquisición en América

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    A mediados del siglo XVI en Hispanoamérica están ya los Españoles firmemente establecidos en México y en Perú. En estas colonias había un porcentaje importante de cristianos nuevos. Surgen entonces reclamos para nombrar un tribunal de la Inquisición. El rey Felipe II por real célula del 25 de enero de 1569 crea los tribunales de la Inquisición en la ciudad de México y en Lima.

En esta clase me limitaré a los casos y la historia del tribunal de Lima, que es el que tenía jurisdicción sobre las tierras que conforman Argentina, Chile, Paraguay, Bolivia y Uruguay, además del propio Perú. También tenía jurisdicción sobre lo que hoy es Ecuador, Colombia y Venezuela hasta que en el año 1610 se crea el último tribunal de América en Cartagena de Indias que tiene jurisdicción sobre éstos últimos territorios.

Los primeros inquisidores designados para ocupar el tribunal de Lima fueron Serván de Cerezuela y Andrés Bustamante. Bustamante falleció durante la travesía y Cerezuela llegó a Lima en el año 1570.

La jurisdicción del tribunal comprendía los obispados de Panamá, Quito, el Cuzco, Los Charcas, Río de la Plata, Tucumán, Concepción, Santiago de Chile y todas las provincias y señoríos del Perú. Esto queda claro desde el primer sermón leído en Lima por el inquisidor Cerezuela.

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La diferencia principal de los tribunales americanos con respecto a los de la Península era que el tribunal no tenía jurisdicción sobre los indios; procuraba su evangelización. Su principal objetivo era erradicar de las Indias a los cristianos nuevos sospechosos de judaizantes y a los protestantes.

Cerezuela comenzó a ocuparse del establecimiento del Santo Oficio nombrando comisarios, familiares y todo el personal del tribunal en todas las ciudades de su jurisdicción. Se hizo cargo de las causas pendientes en el obispado.

El primer auto de fe tuvo lugar en Lima el 15 de noviembre de 1573 y el primer "relajado", o sea quemado, fue Mateo Salado, de nacionalidad francés, por luterano.

El establecimiento de la Inquisición en América tuvo una fuerte oposición de los obispos, especialmente con Fr. Francisco de Victoria, obispo de Tucumán, sindicado como cristiano nuevo, a fines del siglo XVI.

Unión de las coronas de España y Portugal

En el año 1580, año de la segunda fundación de Buenos Aires por Juan de Garay, en la Península se produce la unión de los reinos de España y Portugal, pues Felipe II es el único heredero del trono de ese reino. Muchos portugueses "sospechosos de su fe" comienzan a ingresar al Virreinato del Perú por la ciudad recientemente fundada, en la cual la vigilancia de la Inquisición era más débil. La unión de los reinos dura hasta 1640 en que los lusitanos se rebelan contra la monarquía española y el duque de Braganza, bajo el nombre de Juan IV, ocupa el trono del reino de Portugal. Pero fueron sesenta años durante los cuales América hispana estuvo bajo una misma corona y, durante ellos, un gran número de cristianos nuevos pasó de los dominios portugueses a los dominios españoles. De tal manera que en el Río de La Plata, decir que alguien era "portugués", era sinónimo de "judío converso".

Los delitos penados por la Inquisición eran muy variados y los pueden ver en el ejemplo de condenas que se adjunta. El auto de fe más importante fue el del 23 de enero de 1639. En él fueron quemadas once personas por judaizantes; entre ellos al tucumano Francisco Maldonado da Silva, descendiente de portugueses, cuya historia fue contada por Marcos Aguinis en la novela "La gesta del Marrano". Es importante hacer notar que la concurrencia masiva del pueblo a los autos de fe se lograba brindando una indulgencia plena a los asistentes.

Ejemplo de condena

Desde abril de 1601 hasta fines de marzo de 1603, se habían penitenciado las personas siguientes:

Sebastián Vello, portugués, de cuarenta años, soldado en Santiago del Estero, cristiano viejo, porque en una ocasión había porfiado que el estado de los casados era más perfecto que el de los sacerdotes.

Juan de Salas, alias Claudio Xalumo, natural de París, de cuarenta y cuatro años, cordonero, testificado en Potosí de que, viniendo camino de Tucumán, traía un libro del rey Henrico de Francia, impreso en lengua francesa, que contenía un edicto de pacificación entre católicos y herejes, cuyos capítulos, especialmente los que trataban de la libertad de conciencia, había aprobado en presencia de sus compañeros de viaje. Por esto fue puesto en cárceles secretas y al fin dado por libre.

Nicolás de Once, oriundo de Líeja, mercader, hombre pobre, de cincuenta y nueve años, residente en Cali, a quien diciéndole un religioso que por qué no se disciplinaba, había contestado: «padre, diga eso a los indios que ya yo sé lo que es eso, que ya Dios ha pagado por nosotros", lo cual, declara el denunciante, le sonó mal, por haber colegido que el reo tenía por cosa superflua la penitencia. Se le calificaron tres proposiciones y fue desterrado del lugar de su residencia.

Jerónimo Coronel, cristiano nuevo, fue castigado por testigo falso.

Fr. Mateo de Illanes, dominico, de sesenta y cinco años, limeño, que entre otras testificaciones, tuvo la de que siendo cura de una parroquia en Huamanga, las indias solteras y casadas se quejaron al cacique de que cuando las confesaba las requería de amores.

Juan de Salcedo, cura en Charcas, de tteinta y un años, testificado de mal ejemplo, de cosas deshonestas y de haber solicitado a siete mujeres.

Fr. Diego Ruiz, mercedario, de Ecija, de cuarenta y tres años, residente en Tucumán, testificado por más de veinte de sus confesadas.

Gonzalo de Lima, casado en Portugal, de cuarenta y cinco años, residente en Potosí, de casta de cristianos nuevos; Alvaro Rodríguez, también portugués, porque no quiso mostrar al comisario de Tarija cierto libro en pergamino que traía en la faltriquera, y que negó haber rezado los salmos sin Gloria Patri, fue puesto en el tormento, "que se le dio muy moderado", por lo cual, sin duda, lo venció; Nuño Rodríguez de Acevedo, a quien no se le dio, por ser manco y quebrado: todos los cuales y además otros ocho que se procesaba como ausentes, lo fueron por sospechas de judaizantes.

José Toribio Medina, Historia del Tribunal de la Inquisición de Lima. Tomo I, pags. 306 y 307.

Intento de crear un Tribunal de la Inquisición en Buenos Aires

En el siglo XVII surgió la idea de crear un tribunal de la Inquisición, ya fuera en Córdoba o en Buenos Aires. Los motivos alegados eran que por el puerto del Río de la Plata ingresaban portugueses judaizantes y también se introducían libros prohibidos; finalmente ésta idea no fue aprobada por la Suprema española. Pueden ver en los ejemplos las cartas cursadas al respecto.

Establecimiento de la Inquisición en Buenos Aires

 

Otro de los tópicos que por este tiempo (1605) preocupaba al Tribunal era la frecuente llegada a Buenos Aires de buques que Salían de Lisboa, tripulados por flamencos, que traían en pipas (diciendo que, venían llenas de vino y sal) libros e imágenes, que metían a escondidas en casa de algún vecino para extraerlas después de noche y enviarlas tierra adentro (7). Encargóse, en consecuencia, al comisario respectivo la mayor vigilancia a fin de impedir este contrabando, y se publicaron los edictos más apretados para hacer parecer los libros introducidos de esa manera, además de los que fueron señalados como especialmente prohibidos en el distrito de la Inquisición, como todas las obras de Carlos Molineo, de Castillo Bobadilla, muy comunes entonces entre los letrados, un tomo de las de Suárez, y antialcoranes, de que se recogieron algunos (8).

No se vivía en Madrid con menos cuidado acerca de los inconvenientes que podían seguirse de la llegada de extranjeros no católicos al virreinato, y así el Consejo insinuaba algún tiempo después a sus subordinados en Lima, la siguiente advertencia:

"Aquí se ha entendido que a esos reynos y provincias pasan algunos hereges de diferentes naciones con ocasion de las entradas que en ellas hacen los holandeses y que andan libremente tratando y comunicando con todos y talvez disputando de la religion, con escándalo de los que bien sienten y con manifiesto peligro de introducir sus sectas y falsa doctrina entre la gente novelera, envuelta en infinidad de supersticiones, cosa que debe dar cuidado y que pide pronto y eficaz remedio; y consultado con el YItmo. Inquisidor general, ha parecido que hagais exacta diligencia para saber en qué lugar de ese distrito se alojan, y habiéndose averiguado con el recato y secreto que conviene, ordenareis a los comisarios que los admitan a reconciliacion, instruyéndolos en las cosas de nuestra santa fe católica por personas doctas y pías; y no queriendo convertirse, procederéis contra ellos conforme a derecho y severidad de los sagrados cánones, en que pondréis el cuidado y vigilancia que esto pide, antes que lleguen a ser mayores los inconvenientes que amenaza la disimulacion que se ha tenido, dandonos aviso de lo que fuéredes haciendo" (9).

Tanto fueron creciendo los temores del continuo concurso y entrada de los de la nación hebrea por el Río de la Plata, que el soberano se vio en el caso de pedir informes al Virrey, y al Presidente de Charcas, sobre la conveniencia que se seguiría de establecer un nuevo tribunal de Inquisición en la provincia de Tucumán, siendo lo más singular del caso que el Presidente fundó la aprobación de la medida precisamente en los manejos del Tribunal de Lima en aquellas partes. "Mi parecer es, decía aquel funcionario, que ha muchos años que debía haberse hecho: en los que ha que sirvo a V. M. en este oficio he visto que se han hecho grandes agravios a los vasallos de V. M. en estas provincias por los comisarios que hay en ellas, maltratándolos con leves ocasiones, mandándolos comparecer en Lima con gastos y descrédito nunca reparable, vejándolos con tomar particulares cesiones, y haciendo otros daños de que no han osado pedir remedio por tenerle tan léjos y serles horrible la misma medicina" (10).

Recogidos todos los informes, el Rey, de su propia mano, resolvió "que se excusase de poner inquisición por los inconvenientes que se seguirian, y tomase por medio que la Inquisicion de Lima enviase un comisario de muchas partes, y al gobernador se ordenase le asistiese" "de qué ha parecido avisaros, repetían los ministros del Consejo a los de Lima, para que el comisario y notario que se nombrase sean de toda satisfacción" (11).

(7) Carta de los Inquisidotes de 8 de enero de 1609.

(8) Id. de 26 de noviembre de 1605.

(9) Carta de 20 de marzo de 1626.

(10) Id. de Juan de Lizarazu, de 3 de marzo de 1641. A. de I.

(11) Despacho de 26 de noviembre de 1636. A propósito del comisario de Buenos Aires conviene notar aquí, que el que había desempeñado antes este cargo llamado Francisco de Trexo, denunció a su colega del Paraguay, el jesuita Diego González Holguín, a quien, en consecuencia, se le hizo ir a Lima; pero en vista de las representaciones que sus apoderados hicieron en España, el Consejo le mandó restituir a su oficio, por orden de 26 de febrero de 1615. El cronista Lozano, que cuenta muy a la larga las injusticias de Trexo, afirma que González estuvo a punto de ser asesinado por otro eclesiástico, a quien había reprendido en virtud de su oficio. Historia de la Compañía de Jesús de la Provincia del Paraguay, t. II, pág. 600.

José Toribio Medina, La Inquisición de Lima, Tomo I , pag. 304 y 305.

En el siglo XVIII la actividad del Tribunal fue menor. Hubo una sola ejecución, una mujer, María Francisca Ana de Castro, por judaizante. La mayor actividad consistió en investigar la circulación de libros prohibidos, los escritos de los enciclopedistas franceses y de aquellos autores que estaban a favor de las formas de gobierno republicanas como Voltaire y Rousseau. También se ocupó de perseguir a los masones que profesaban ideas que la Inquisición consideraba no ortodoxas.

Fin de la Inquisición

El siglo XIX se inicia con las victorias de Napoleón quien corona a su hermano José en el trono de España. En diciembre de 1808 decreta la extinción del Tribunal de la Inquisición. Las cortes españolas que se oponen militarmente a Napoleón dictan una constitución liberal y en 1813 decretan la abolición de la Inquisición. En 1814, derrotado Napoleón y vuelto al trono el rey Frenado VII, restablece el Tribunal.

Mientras tanto, en América, la Asamblea del año Trece, a instancias de San Martín y de Alvear, decreta la eliminación de la Inquisición en Buenos Aires. Si la Asamblea tuvo que derogar la Inquisición, es prueba de que existía. A medida que las fuerzas independientes derrotan a los españoles, una de las primeras medidas siempre fue la eliminación del Tribunal. La abolición del Tribunal de Lima se produce en 1820, por orden de las cortes españolas, porque por pocos años vuelve a tener vigencia la constitución de Cádiz de 1812 que derogaba el tribunal. Pocos años después, Fernando VII vuelve a instaurar el tribunal en España, pero América ya era independiente, gracias a las victorias de San Martín y Bolívar. Los tribunales de la Inquisición no funcionaron más en toda América del Sur.

También en España, muerto Fernando VII, su sucesora, la regente María Cristina elimina el Tribunal de la Inquisición en el año 1834.

Suprimiendo la inquisición.

Buenos Aires, 23 de Marzo de 1813.

Queda desde este día absolutamente extinguida la autoridad del tribunal de la inquisición en todos los pueblos del territorio de las Provincias Unidas del Río de la Plata, y por consiguiente se declara devuelta á los ordinarios eclesiásticos su primitiva facultad de velar sobre la pureza de la creencia, por los medios canónicos que únicamente puede conforme al espíritu de Jesu Cristo, guardando el órden y respetando el derecho de los ciudadanos.

Dr. Tomás Valle,
Presidente.

Hipólito Vieytes,
secretario.

Decreto de la Asamblea del año XIII

 

Juicio crítico a la Inquisición

Como dije al principio, existen muchos escritos que hablan a favor y en contra de la Inquisición. Mi intención es que el lector recorra los textos y que forme su propio juicio. Inclusive, ahora es posible que, aprovechando la interacción de Internet, recorra otras páginas que tratan acerca del "Santo Oficio".

Los textos que yo preparé y que el lector puede analizar son los siguientes:

Opinión de Fernando Ayllón

La Inquisición española estuvo, desde sus orígenes supeditada a la voluntad real, lo cual la llevó inclusive a enfrentarse en algunas oportunidades contra el propio pontífice. Diversos ejemplos de ello son los roces de los primeros inquisidores con Sixto IV o Inocencio VIII; la causa contra el Arzobispo Bartolomé de Carranza; las dificultades ocasionadas por la Inquisición a la admisión de bulas pontificias; etc. Cierto es que en ocasiones devino en instrumento político de los reyes para fines diversos, por su característica dualidad, estatal-eclesiástica. Sin embargo, debemos recordar también que no existía ningún tribunal que no estuviese sujeto a dicha presión y utilización por el poder político, no sólo en España sino en todo el mundo. El Santo Oficio fue el símbolo de la etapa en la cual se estableció y desarrolló. La alta religiosidad de la época motivó el surgimiento de una institución que se encargase de la fe, la moral, el mantenimiento del orden público y la paz social. La Inquisición, más allá de cualquier humana desviación de sus objetivos, cumplió ese rol. Fue muy importante para el estado y para la formación de la unidad nacional española, defendiéndola contra los graves peligros que la amenazaban. El Tribunal no fue una traba para el progreso intelectual de España como lo demuestra el hecho contundente, ampliamente documentado y fuera de toda discusión, de que la época de su mayor acción coincidió con la del apogeo hispano.

El tribunal de la Inquisición, Fernando Ayllón, Pag. 578 y 579.

 

Juicio de la enciclopedia Universal Ilustrada Espasa-Calpe

No puede negarse que en la Inquisición se cometieron abusos y que hubo inquisidores crueles, aunque se procuró corregirlos; pero las culpas individuales no deben hacerse recaer sobre la Institución en general. Esta distó mucho de ser lo que pretendió Llorente y con él los liberales del siglo XIX. Por otra parte, la campaña con la cual se desfiguró por largo tiempo al Santo Oficio fue sino una parte de la difamación que contra España, sus reyes é instituciones realizaron los enemigos del poderío Español y en especial los herejes perseguidos, A los cuales se han unido en la obra el judaísmo y la masonería. Fue precisamente en los últimos años del siglo XIX y principios del XX cuando la verdad se abrió paso, incluso en las obras de algunos extranjeros, aunque Llorente procuró destruir cuanto podía desmentir sus afrancesadas afirmaciones; pero el conocimiento exacto de lo que fue la Inquisición en general y en otros países y los trabajos de búsqueda en nuestros archivos (no completos todavía) han permitido restablecer la verdad histórica. Los novelistas y dramaturgos han explotado el tema y la confusión deliberadamente establecida entre los autos de fe y las ejecuciones realizadas por el poder civil. Desde la tragedia Auto de Fe ó Adelina y Roberto, de Piedemonte (1804), hasta El haz de leña de Núñez de Arce, y la dramática echegariana, son numerosísimas las obras en que esa confusión se estableció para despertar el odio en las masas populares contra el Santo Oficio; y el mismo camino han seguido los novelistas y hasta los pintores. La Inquisición no quemó a nadie ni siquiera impuso a nadie la pena de muerte. Fueron la legislación civil y los poderes seculares los que aplicaron esa pena a los herejes. La Inquisición no hacía más que declarar la existencia del delito y entregar el culpable a la justicia del Estado: y aun esto sólo, como se ha visto, cuando no quedaba o otro remedio por la pertinacia del reo y pidiendo que se respetaran la vida y los miembros de éste. Tenía la obligación de inquirir y juzgar el delito, obligación a que no podía substraerse, pero que procuraba atenuar todo lo humanamente posible en favor del reo. Ya Macanaz aseguró que no podrá señalarse un solo caso en que la Inquisición haya jamás ejecutado una pena temporal; y R. Cappa escribe: "Aunque la Inquisición veía que declarando ella el acusado reo de tal delito se le había de seguir la pérdida de la vida, ella, no obstante, no era la causa de tal pérdida: éranlo o el delito (que la Inquisición no habla cometido) y la Ley civil (que ella no habla hecho). Para evitarlo tenía establecido el perdón para todo el que se arrepintiera, con tal de que este arrepentimiento tuviese lugar mientras el reo estuviese bajo su jurisdicción, incluso hasta el último momento antes. Por otra parte, el relajamiento al brazo secular tuvo lugar en relativamente pocos casos en que no existieran, además, gravísimos delitos contra la vida o la propiedad. Aun así, el número de quemados en España fue muy exiguo, constituyendo otro grave error histórico el de esas supuestas hecatombes, de que ya se burló Hefele al decir que "de una parte se ha imaginado un brasero inmenso, una caldera colosal, y de otra a los españoles reunidos en inmensa muchedumbre, como una tropa de caníbales, en cuyos ojos brillaba la expresión de una alegría feroz, prontos a devorar los miembros de centenares de víctimas. Los cuentos de la trenza incombustible y del quemadero de Tablada (en el que se dijo que las cuatro estatuas de yeso, huecas, que allí existían eran para meter en ellas la Inquisición a los herejes y quemarles a fuego lento) muestran hasta dónde se desfiguraron los hechos. Llorente ha sido el principal culpable de estas adulteraciones, pues se apoderó de todos los documentos, impresos y manuscritos que había en el Consejo Supremo y en el Tribunal de Madrid y los hizo desaparecer para poder decir lo que quisiera sin que fuese posible comprobarlo.

Compréndase que la Inquisición, ni la Iglesia que la estableció, podían dejar de condenar las herejías ni los herejes. "Si un Estado católico, escribe Quintillano Saldaña, inclúyese en el Catálogo de los delitos la herejía y la castigase con la muerte, ¿dejaría la Congregación del Indice de prohibir los libros heréticos? ¿Podría la Iglesia consentir que el error dogmático cundiese con la lectura del libro herético, sólo por no dar ocasión a que se aplicasen las penas ¿Dejaría nadie arruinar su crédito o perder su honra por no ver sufrir al calumniador? La herejía es una difamación religiosa, una calumnia doctrinal. Si un Banco o una sociedad de crédito tienen derecho a que no se altere en público la cifra de sus saldos, una sociedad religiosa le tiene también a que no se le atribuya sin credo falso, y debe ser amparado este derecho (Hist. del Der. pen., pág. 334). Debe añadirse (y esta es la razón fundamental) que uno de los fines para los cuales fue establecida la Iglesia y para los cuales existe es el de la conservación Integra y fiel de los dogmas, por lo cual no puede, sin faltar a la misión que la confió su Divino Fundador, dejar de condenar a los herejes corno tales.

En orden a la Penología, ya se ha viste que la Inquisición, como Tribunal eclesiástico, sólo aplicó censuras y penitencias canónicas, siendo la Inquisición española la primera en abolir los vestidos y signos penitenciales. Como Tribunal de jurisdicción real, impuso penas marcadas en los Códigos civiles, excepto la de muerte, que ella no aplicó jamás. En esta materia resume Rodrigo el progreso que la Inquisición representa en favor de la benignidad con relación a los Tribunales seculares, pues: 1° conmutó la pena capital con penitencias canónicas cuando el reo se arrepentía, arrepentimiento que no era tenido en cuenta en las otras jurisdicciones; 2° abolió la pena de azotes para las mujeres y los fugados de la cárcel; 3° suprimió la de argolla para las mujeres; 4° limitó a cinco años la pena de galeras, imponiéndola sólo dentro de ciertos limites de edad; 5° suprimió la confiscación de los bienes, substituyéndola por la temporal de las rentas, y aun ésta la substituyó por la de multa, y 6° modificó, suavizándolo, el tormento y lo abolió por completo muchos años antes que en los Tribunales civiles. También acabó por abolir los azotes y la exposición a la vergüenza mucho tiempo antes que los otros Tribunales. La Inquisición admitió el arbitrio judicial en los inquisidores, del que usaron en beneficio del reo, generalmente, incluso en el orden can6nico, en el que se admitió la reducción y aun la conmutación de las penitencias impuestas, siendo motivos para ella la juventud, la vejez, la falta de dolo, el ser novicio en la fe, el confesar el delito y otros muchos.

Lo más característico de la Inquisición fue su procedimiento, pues introdujo en el entonces usado en Europa grandes innovaciones, también en beneficio del acusado, estableciendo el sistema de cautelas impuesto al juez, la buena fe y buena conducta, así como alguna prueba para tener en cuenta las delaciones, la investigación preliminar antes de abrir el proceso, la más amplia facultad de defensa y otros extremos que hicieron decir a Malesherbes, después de leer el Directorium de Eymerich, que era la jurisprudencia más adelantada de su tiempo, y escribir a Saldaña que su procedimiento encerraba verdaderas maravillas de delicadeza y de fuerza, y era asombroso por el espíritu de caridad que lo inspiraba.

Cierto que en sus últimos tiempos algunos inquisidores se hicieron instrumentos de la voluntad de los reyes; mas ni aun esto puede achacarse a la Inquisici6n española, que resistió cuanto pudo las invasiones del rey y sus exigencias. Históricamente, la Inquisición prestó a España grandes servicios, siendo medio adecuado para establecer y conservar la unidad moral y religiosa, base de la política, y evitar acaso luchas civiles por motivos de religión; pues sin ella el protestantismo acaso se hubiera extendido por España (lo estuvo bastante más de lo que generalmente se cree) y el judaísmo hubiera adquirido excesiva preponderancia.

Es indudable que la Inquisición no detuvo el engrandecimiento político de España, ni la actividad intelectual en la literatura y en las ciencias, así como el florecimiento de las bellas artes. Precisamente el apogeo en España de todo ello y el número inmenso de hombres ilustres en todas las esferas de la actividad coincide con la época en que la Inquisición tuvo mayor desarrollo y actividad, comenzando la decadencia de España con la de la Inquisición; y si bien aquélla no debe atribuirse a ésta, es cierto que ambas obedecieron a causas comunes.

Los protestantes y los revolucionarios que han combatido a la Inquisición española, olvidan que fueron mocho más crueles que ella las establecidas por ellos; y los ejemplos de Rusia y de Méjico prueban que cuando no existe la Inquisición en la Iglesia, continúa existiendo agravada, en los Estados.

Incomparablemente tiránica y cruel fue la establecida por Isabel de Inglaterra contra los católicos, y creándose un Consejo de Inquisición, con comisarías en todos los lugares. El Edicto del 18 de Octubre de 1591 no sólo impuso la pena de muerte con confiscación e infamia, a todos los que no reconocieran a la reina como cabeza visible de la Iglesia y a todos los que realizaren cualquier acto de la Religión católica, especialmente la dación o recepción de la absolución, y aun a quien prestase ayuda o consejo para ella, sino que imponía otras penas, que variaban entre prisión perpetua y confiscación y multa, a todos los que no denunciasen a los católicos, tuviesen un rosario o dejasen de asistir a los oficios protestantes, A los presos por estas causas se les infligía en la Torre de Londres siete clases distintas de tormento, llevándose la persecución hasta el extremo de mandarse envenenar el agua de los católicos, siendo los irlandeses expulsados en masa y desposeídos de todos sus bienes, que se dieron a ingleses Protestantes. Quemaron éstos viva a la Doncella de Orleans, y Enrique VIII quemó vivos a más de 72,000 católicos; los procesos por hechicería fueron más numerosos y las penas más crueles en los Tribunales civiles de Alemania, Inglaterra y Francia que en la Inquisición española, y los mismos autores protestantes, dice Rohrbacher confiesan que en el primero de estos países fue considerable el número de mujeres quemadas, ahogadas, enteradas en vida y aquellas a quienes se cortaron los pechos.

 

Juicio de J. T. Medina acerca de la Inquisición

 El apego que siempre manifestaron al dinero, salvo contadas excepciones, jamás reconoció límites, considerándose el puesto de inquisidor tan seguro medio de enriquecerse que, como sabemos, se compraban los puestos de visitadores, como más tarde hubieron de venderse en almoneda pública hasta los destinos más ínfimos.

Su puesto lo utilizaron bajo este aspecto, ya comerciando con los dineros del Tribunal, ya partiendo con los acreedores el cobro de sus créditos, haciendo para ello valer las influencias del Santo Oficio, ya imponiendo contribuciones, ya captando herencias de los mismos reos, y, sobre todo, con el gran recurso de las multas pecuniarias y confiscaciones impuestas a los reos de fe, de las cuales ningunas tan escandalosas como las que sufrieron los portugueses apresados en 1635 y que pagaron con la hoguera el delito de haberse enriquecido con su trabajo; siendo tanta su avaricia que como ejemplo y norma de lo que después estaba llamado a suceder, recordaremos el caso de uno de los fundadores del Tribunal que, según el testimonio de su mismo secretario, se murió de pena por habérsele huido dos esclavos.

Los casamientos ventajosos realizados a la sombra del nombre inquisitorial, los remates de rentas reales verificados por interpósitas personas, todo lo utilizaban a fin de allegar caudales.

Desunidos entre sí y tan enemistados que vivían perpetuamente odiándose; altaneros con todo el mundo, comenzando por sus mismos dependientes; vengativos hasta no perdonar jamás al que cometía el atrevimiento de denunciarles o siquiera expresarse mal de ellos; ocurriendo siempre al arsenal de sus archivos para encontrar o forjar rastros hasta de los más recónditos secretos de quienes se proponían perseguir; desempeñando sus oficios con tanto descuido que difícilmente podía hallarse, según lo acreditan los expedientes de visita, una sola causa tramitada conforme a su código de enjuiciamiento; habiendo comenzado por hacerse odiosos y terribles, para concluir en el más absoluto desprestigio y burla; secundados por gente siempre a su altura, por su espíritu de venganza, ignorancia, avaricia y disolución de costumbres; crueles hasta lo increíble; muriendo, por fin, como habían vivido: tales fueron los ministros que con nombre del Santo Oficio estuvieron encargados de mantener incólume la fe en los dominios españoles de la América del Sur.

Si los pueblos sujetos a su férula no descendieron más en su nivel moral, intelectual y social, fue porque el apocamiento humano tiene ciertos límites que es imposible franquear; pero siempre el estudio de esta faz de la vida de los pueblos americanos se impondrá a todo el que quiera penetrar un tanto en el conocimiento de las causas y elementos que hoy constituyen su sociabilidad.

José Toribio Medina, La inquisición de Lima, Tomo II, Pag. 420.

 

Juicio de Llorente acerca de la Inquisición española.

Yo fui secretario de la Inquisición de Corte de Madrid, en los años de 1789, 1790 y 1791, y conocí el establecimiento bastante a fondo para reputarlo vicioso en su origen, constitución y leyes, a pesar de las apologías escritas en su favor. Desde entonces me dediqué a recoger datos, sacar apuntamientos, hacer notas y copiar literalmente lo importante. Mi constancia en este trabajo y la de adquirir cuantos libros y papeles no impresos pude haber a la mano, a costa de crecidos dispendios, en las testamentarías de inquisidores y de otros personajes difuntos, me proporcionaron una colección copiosa de documentos interesantes. Ultimamente logré infinitos más en los años 1809, 1810 y 1811, con la ocasión de haber estado suprimido aquel tribunal. Con ellos pude publicar en Madrid, en los años 1812 y 1813, dos tomos de Anales de la Inquisición, y escribir la Memoria sobre la opinión de España acerca de la Inquisición, que la Real Academia de la historia (de que soy individuo, y para quien la escribí) dio a luz entre sus Memorias. Con ellos puedo también llenar el vacío que hay en este ramo de literatura y satisfacer la curiosidad pública.

Ningún preso ni acusado ha visto jamás su proceso propio, cuanto menos los de otras personas. Ninguno ha sabido de su causa más que las preguntas y reconvenciones a que debía satisfacer, y los extractos de las declaraciones de testigos, que se le comunicaban con ocultación de nombres y circunstancias de lugar, tiempo y demás capaces de influir al conocimiento de las personas, ocultándose también lo que resulte a favor del mismo acusado, porque se seguía la máxima de que al reo toca satisfacer el cargo, dejando a la prudencia del juez el combinar después sus respuestas con lo que produzca el proceso a favor del procesado. He aquí por qué Felipe Limborg y otros escritores de buena fe no pudieron tener jamás una historia exacta de la Inquisición, pues sólo se gobernaban por las narraciones de presos que ignoraban todo lo interior de sus causas propias, y por lo poquísimo que constaba en los libros escritos por Eyrnerich, Páramo, Peña, Cavena v otros inquisidores.

Juan Antonio Llorente, Historia crítica de la Inquisición en España, Tomo I, pags. 2 y 3.

 

A. S. Turberville resalta el aspecto más positivo del Santo Oficio:

El Santo Oficio pretendía ser el Tribunal más clemente de todos porque sus fines no eran la administración de una justicia rígida y automática, sino la reconciliación del delincuente. Confesarse culpable con el Santo Oficio era obtener perdón. ¿De qué otro Tribunal se podría decir eso? El Inquisidor era tanto padre confesor como juez, que pretendía no una condenación, sino acabar con un extravío y devolver al rebaño la oveja descarriada. Por esto se instaba constantemente al acusado a que recordase la diferencia fundamental entre la Inquisición y los tribunales ordinarios, y que su finalidad no era el castigo del cuerpo, sino la salvación del alma y por lo mismo se le imprecaba a que tratara de salvarse por medio de la confesión.

La Inquisición Española, A. S. Turberville, Pag. 61 y 62.

Por otro lado, los "links" que encontré que tratan acerca de la Inquisición son:

  Museo de la Inquisición de Lima

  Archivos franceses de la Inquisición

Con todos éstos datos, los lectores podrán hacer su propia evaluación de la acción de la Inquisición y las consecuencias de ello en España y en América. De cualquier modo, daré mi opinión luego de analizar los textos que anteceden.

Los argumentos principales en defensa del llamado "Santo Oficio" se encuentran en el Juicio de la Enciclopedia Universal Ilustrada Espasa-Calpe. El resto de los autores toma y desarrolla alguno de éstos argumentos. Analizaré cada uno de ellos basándome en el texto de Espasa-Calpe (en bastardilla). Dice la enciclopedia:

1- "La Inquisición no quemó a nadie ni siquiera impuso a nadie la pena de muerte. Fueron la legislación civil y los poderes seculares los que aplicaron esa pena a los herejes."

Vimos cómo la política del Vaticano obligó a los príncipes y reyes a adoptar la pena de muerte para los herejes. Se trata entonces de un eufemismo para cubrir los crímenes cometidos en nombre de la fe.

2- "Ya Macanaz aseguró que no podrá señalarse un solo caso en que la Inquisición haya jamás ejecutado una pena temporal."

La contradicción la vemos en la misma página donde dice: "Como Tribunal de jurisdicción real, impuso penas marcadas en los Códigos civiles." Como vemos, el Tribunal de la Inquisición aplicaba penas temporales.

3- "Lo más característico de la Inquisición fue su procedimiento, pues introdujo en el entonces usado en Europa grandes innovaciones, también en beneficio del acusado,"

Veamos lo que dice Llorente: "Ningún preso ni acusado ha visto jamás su proceso propio, cuanto menos los de otras personas. Ninguno ha sabido de su causa más que las preguntas y reconvenciones a que debía satisfacer, y los extractos de las declaraciones de testigos, que se le comunicaban con ocultación de nombres y circunstancias de lugar, tiempo y demás capaces de influir al conocimiento de las personas, ocultándose también lo que resulte a favor del mismo acusado, porque se seguía la máxima de que al reo toca satisfacer el cargo, dejando a la prudencia del juez el combinar después sus respuestas con lo que produzca el proceso a favor del procesado." Yo entiendo que era un procedimiento terrible y que no requiere mayores comentarios.

5- "Cierto que en sus últimos tiempos algunos inquisidores se hicieron instrumentos de la voluntad de los reyes;"

Desde su creación por Isabel de Castilla y de Fernando de Aragón, siempre fueron instrumento de los reyes porque eran ellos quienes designaban al inquisidor y quienes podían destituirlo. No había apelación a Roma ni al Papa.

6- "la Inquisición prestó a España grandes servicios, siendo medio adecuado para establecer y conservar la unidad moral y religiosa,".

Entiendo que al lograr la unidad política y religiosa expulsando a las minorías y persiguiendo el pensamiento, la Inquisición le hizo un flaco servicio a España, lo cual se tradujo en una decadencia comparada con los países del resto de Europa. Ésta decadencia recién se pudo compensar en la segunda mitad de éste siglo XX que termina, gracias a la apertura de España a la democracia.

7- "Es indudable que la Inquisición no detuvo el engrandecimiento político de España, ni la actividad intelectual en la literatura y en las ciencias, así como el florecimiento de las bellas artes."

Veamos la opinión de Medina: "Si los pueblos sujetos a su férula no descendieron más en su nivel moral, intelectual y social, fue porque el apocamiento humano tiene ciertos límites que es imposible franquear; pero siempre el estudio de esta faz de la vida de los pueblos americanos se impondrá a todo el que quiera penetrar un tanto en el conocimiento de las causas y elementos que hoy constituyen su sociabilidad."

8- "Los protestantes y los revolucionarios que han combatido a la Inquisición española, olvidan que fueron mucho más crueles que ella las establecidas por ellos; y los ejemplos de Rusia y de Méjico prueban que cuando no existe la Inquisición en la Iglesia, continúa existiendo agravada, en los Estados."

Los últimos párrafos de la apología de Espasa-Calpe no requieren comentario. Hay un refrán que dice: "Mal de muchos, consuelo de tontos" No tiene sentido, para mitigar los males cometidos por alguien, en este caso la Inquisición, señalar los males cometidos por otros. Todos los males y sufrimientos impuestos al ser humano por gobiernos e instituciones son condenables, en todo momento y en todo país. Y termino con otro dicho: "El fin no justifica los medios."

PABLO CHAMI

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